MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Las Cajas de Auxilio o Seguros Convencionales correspondientes a actividades no comprendidas en la ley 14.407 de 22 de julio de 1975 hasta tanto el Poder Ejecutivo no haga uso de la facultad a que se refiere la parte final del artículo 7º de la ley citada, quedan sometidas al contralor que realice ASSE.Ayuda