Fecha de Publicación: 18/03/1999
Página: 931-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

 Las asignaciones de los cargos y contratos de función pública aprobadas
por este decreto, serán determinadas por la Contaduría General de la
Nación, sobre la base de la normativa vigente, a los antecedentes y a los
aumentos posteriores a la fecha de vigencia del mismo.
La aplicación de la presente racionalización no podrá aparejar
disminución o devolución de las remuneraciones percibidas por los
funcionarios de la citada unidad ejecutora, ni otros aumentos o
retroactividad que los previstos en ella.
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