Fecha de Publicación: 17/10/1975
Página: 105-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 12

(Plazo de presentación de declaraciones juradas y pago del impuesto).- Los
plazos de presentación de las declaraciones juradas y pago del impuesto
cuando corresponda serán:

a)   Sociedades personales no contribuyentes: 30 de abril del año
     siguiente al que se declara;

b)   Personas físicas, núcleos familiares, sucesiones indivisas y
     sociedades en comandita por acciones: 30 de abril del año siguiente
     al que se declara;

c)   Sociedades anónimas: 4 meses a partir del cierre del ejercicio
     económico.
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