Fecha de Publicación: 19/03/2007
Página: 701-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 34

 Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo, Cantidad de Cargos y Remuneraciones a valores de enero de 2005, aplicables al Programa II, previsto en el presente Decreto.

Escalafón C.- Administrativo
Cargo                         Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Gerente de Area Hipódromo     34            44.992            1
Jefe de Departamento
Administrativo                26            28.221            1
Jefe de Departamento Técnico  26            28.221            1
Inspector                     22            20.856            4
Administrativo                16            15.753            3

Escalafón A.- Profesional
Cargo                         Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Técnico I - Contador          26            28.221            1
Técnico I - Abogado           26            28.221            1
Técnico I - Veterinario       26            28.221            2

Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión horaria, beneficios sociales y las primas de vestimenta, alimentación y asistencia social, que se regulan en los artículos 16, 17 y 18 del presente Decreto. En ningún caso podrán percibir otra retribución o beneficio, que los antes citados, especialmente aquellos que perciben los funcionarios del Programa I y que están referidos específicamente, al desempeño de las actividades previstas en el mismo.

                               CAPITULO IV

                          CONDICIONIES GENERALES
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