Decreto 9/990
Aprueban el Texto Ordenado del Pliego de Condiciones de la Dirección
Nacional de Vialidad para la Construcción de Puentes y Carreteras.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Montevideo, 24 de enero de 1990.
Visto: el Pliego de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad
para la "Construcción de Puentes y Carreteras".
Resultando: que el referido Pliego ha sido objeto de sucesivas modificaciones, por los decretos 331/986 de 27 de junio de 1986, 176/988 de 10 de febrero de 1988, 234/989 de fecha 17/5/989, 162/986 de 19 de marzo de 1986, decreto 946/986 de fecha 30/XII/986 y decreto 74/988 de 20
de enero de 1988.
Considerando: que se estima conveniente unificar el mismo en una sola versión a los efectos de evitar contradicciones y adecuar los criterios que en materia técnica y registral son utilizadas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Aprúebase el Texto Ordenado del Pliego de Condiciones de la Dirección Nacional de Vialidad para la Construcción de Puentes y Carreteras, cuya redacción se ajustará al texto corregido, formulado por la Dirección Nacional de Vialidad, que se acompaña y que forma parte del presente decreto.