En el caso del artículo anterior, el solicitante adquirirá los demás derechos asistenciales dentro de los siguientes plazos:
a) Si la afección previa detectadda es de tratamiento preferentemente
quirúrgico, gozará de todos los derechos a los 12 meses de incorporado a
la Institución.
b) Si la afección previa detectada es de tratamiento preferentemente
médico, gozará de todos los derechos a los 24 meses de incorporado a la
Institución.