Fecha de Publicación: 04/04/1997
Página: 23-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 90/997

Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de 
la Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Hidrografía" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
(658*R)

 Ministerio de Transporte y Obras Públicas
  Ministerio de Economía y Finanzas
  
                                          Montevideo, 18 de marzo de 1997

  Visto: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº
16.736 de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de mayo de 1996;

  Resultando: I) que los mismos refieren a la reformulación de las estructuras organizativas de los incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;

  II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de
procedimiento a que debe ajustarse la mencionada reformulación de
estructuras organizativas;

  III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" ha presentado para su
consideración por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el
proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad
Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Hidrografía";

  Considerando: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

  II) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte
de una redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial centrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos;

  III) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada proyecto de reformulación de estructuras organizativas, con base en una dirección estratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos asumidos por la Administración; una descripción de la organización necesaria para cumplir con dicha definición estratégica y la previsión de los puestos de trabajo requeridos para su funcionamiento con un enfoque gerencial, todo ello enmarcado en un plan de implantación;

  IV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación y el desempeño eficiente, como centro de la política de
recursos humanos y la recuperación de las capacidades gerenciales del
sector público a través del alta especialización;

  V) que el proyecto presentado por el Inciso 10 "Ministerio de 
Transporte y Obras Públicas" para la Unidad Ejecutora 004 "Dirección
Nacional de Hidrografía" ha sido analizado por el Comité Ejecutivo para 
la Reforma del Estado el que ha entendido que cumple con los objetivos de racionalización perseguidos, en tanto las adecuaciones o transformaciones que incluye resultan consistentes con los cometidos sustantivos asignados a la referida Unidad Ejecutora y, en cuanto recoge los criterios determinados en la Ley y su reglamentación; 

  VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la 
aprobación del proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora de que se tata;

 Atento: a lo precedentemente expuesto;

 El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Hidrografía" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" 
que consta de 9 fs, el que se considera parte integrante de este Decreto cuya efectiva implantación estará condicionada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

Artículo 2

   Cumplido el plazo de treinta días a que refiere el artículo 730 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, el Jerarca del Inciso procederá a declarar las excedencias de cargos y funciones contratadas resultantes.
   Dentro del término de sesenta días corridos, contados desde la fecha
de remisión a la Asamblea General del proyecto que se aprueba, el Jerarca del Inciso remitirá al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el detalle con especificación de destino de las economías generadas como consecuencia de la ejecución de dicho proyecto. 

Artículo 3

   Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe favorable del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las acciones concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva implantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el Poder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI - LUCIO CACERES- LUIS MOSCA.

 REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso: 10 - Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Unidad Ejecutora: 004 Dirección Nacional de Hidrografía

CAPITULO I: Objetivos estratégicos

 La Dirección Nacional de Hidrografía (en adelante DNH) es responsable de la administración de los recursos hídricos del país, impulsando el mayor beneficio de su uso y por ende, mejorando la calidad de sus habitantes; 
de la administración, mantenimiento y desarrollo de los puertos que se encuentran bajo su jurisdicción; y de las vías navegables, a efectos de cumplir con las necesidades del transporte fluvial y marítimo en el marco de la estrategia económica y de protección al medio ambiente del país.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos Sustantivos

 * Proyectar y elaborar las propuestas normativas, para la utilización y desarrollo sostenido de los recursos hídricos y controlar el cumplimiento de la normativa vigente

 * Administrar y evaluar el uso de los recursos hídricos

 * Proyectar y controlar el desarrollo de los puertos y obras costeras

 * Controlar la operación y mantenimiento de los puertos

 * Proyectar y controlar el mantenimiento por dragado de las vías
 navegables

 * Regular las extracciones de áridos subacuáticos


2. Cometidos Sustantivos con actividad prestacional fuera del ámbito de 
la Administración Central

 * Operar los puertos
 * Realizar el mantenimiento de puertos y obras costeras
 * Administrar y explotar los servicios portuarios
 * Realizar las obras de dragado
 * Administrar el sistema de riego
 * Realizar las obras de balizamiento
 * Ejecutar acciones de protección contra las inundaciones
 * Realizar obras de protección de riberas, cuerpos y cursos de agua

3. Cometidos de Apoyo a los Sustantivos que permanecen en la Unidad
 Ejecutora

 * Gerenciar los recursos humanos y materiales específicos de la DNH
 * Sustanciar los asuntos que tengan relación directa con la DNH

 Estos cometidos deben mantenerse en la Unidad Ejecutora; la 
especificidad de las actividades que se desarrollan harían ineficiente 
su traslado a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

CAPITULO III: Estructura organizativa

 1.- La Dirección Nacional de Hidrografía es una Unidad Ejecutora del
 Ministerio de Transporte y Obras Públicas y su estructura se refleja en la "Organización para el Cumplimiento de Cometidos" adjunta.

 2.- Funciones de la Dirección y de las unidades organizativas
directamente dependientes:

 -Dirección

 * Administrar e impulsar el mayor beneficio en la utilización de los
recursos hídricos del país
 * Elaborar y proponer la creación de normas para la regulación de la
utilización de los recursos hídricos

-División de Apoyo:

 * Ejecutar la gestión financiero-contable y administrativa específica de la Unidad Ejecutora
 * Servir como nexo con la Dirección General de Secretaría en el área y
coordinar la gestión financiero-contable y administrativa

-División Puertos:

 * Planificar la construcción y operativa de los puertos
 * Identificar necesidades de los usuarios de los puertos en la órbita de la DNH y realizar análisis de estadísticas
 * Evaluar, controlar y seleccionar proyectos
 * Controlar la ejecución de obras en puertos y obras costeras
 * Estudiar y aprobar proyectos privados
 * Realizar el control y seguimiento de costas en zonas críticas
 * Planificar los trabajos de mantenimiento
 * Cumplir con la adjudicación de obras y concesiones
 * Definir los términos contractuales y controlar el cumplimiento de la ejecución de los contratos con terceros

-División Vías Navegables:

 * Planificar las obras de dragados
 * Realizar relevamientos batimétricos y reconocimiento de materiales
subacuáticos
 * Determinar los parámetros y la modelización de los cursos de agua
 * Realizar estudios de demanda
 * Elaborar anteproyectos de obra
 * Realizar el seguimiento y control de las obras de dragado
 * Estudiar y aprobar obras a cargo de dragado de particulares y
concesiones
 * Definir los términos contractuales y controlar el cumplimiento de la ejecución de los contratos con terceros

-División Hidráulica:

 * Elaborar y proponer una política nacional de aguas
 * Administrar el uso de las aguas; cumplir acciones tendientes a optimizar la utilización de los recursos hídricos nacionales
 * Otorgar y registrar los derechos de uso de los recursos hídricos
 * Controlar los proyectos de presas y de sistemas de riego propuestos 
por particulares
 * Administrar la extracción de materiales del lecho de los cuerpos y
cursos de agua del dominio público; otorgar permisos de extracción de
materiales del lecho de los cuerpos y cursos de agua y controlar los
mismos
 * Realizar la recolección, procesamiento, archivo y distribución de toda la información relativa al agua en el país (inventario actualizado de los recursos hídricos).
 * Ejecutar acciones para la protección contra las inundaciones
 * Definir los términos contractuales y controlar el cumplimiento de la ejecución de los contratos con terceros

3.- Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros

 * Elaborar análisis de demanda
 * Realizar estudios de prefactibilidad técnica y económica
 * Realizar estudios físico-técnicos y anteproyecto físico de obra
 * Desarrollar estudios de factibilidad económica y financiera
 * Elaborar proyectos básicos y ejecutivos
 * Confeccionar pliegos y recaudos para la realización de obras y
concesiones
 * Construir obras portuarias y costeras
 * Realizar la dirección de obras
 * Administración y operar los servicios portuarios
 * Realizar el mantenimiento de flota

 Estas actividades serán contratadas en forma total o parcial con terceros, la definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento estará a cargo de la División Puertos.

 * Elaborar estudios de factibilidad técnico-económica
 * Realizar proyectos de ejecución de obras de dragados
 * Realizar proyectos ejecución de obras de balizamiento
 * Ejecutar las obras de dragado y balizamiento
 * Realizar la dirección de obras
 * Mantener la conexión de rutas por medio de la operación de servicios 
de balsas.
 * Realizar el mantenimiento (de equipos y obras edilicias) de la DNH
 * Realizar el trabajo de mantenimiento de la flota

 Estas actividades serán contratadas en forma total o parcial con terceros, la definición de términos contractuales y el control de su cumplimiento estará a cargo de la División Hidráulica.

 * Realizar la ejecución de obras de protección de riberas, de cuerpos y cursos de agua.
 * Realizar la ejecución y dirección de obras de protección contra inundación
 * Administrar los sistemas públicos de riego, predios y zonas
forestales

 Estas actividades serán contratadas en forma total o parcial con
terceros, la definición de términos contractuales y el control de su
cumplimiento estará a cargo de la División Vías Navegables.

CAPITULO IV: Estructura de puestos de trabajo

 -Gerencia de Apoyo: función de Alta Especialización.
 -Gerencia de Puertos: función de Alta Especialización.
 -Gerencia de Vías Navegables: función de Alta Especialización.
 -Gerencia Hidráulica: función de Alta Especialización.

 Asesoría Técnica: se prevé un máximo de cuatro funciones de Alta Especialización y/o contratos de función pública y/o cargos presupuestados, de acuerdo con las necesidades específicas que surjan en la gestión de la Dirección y las disponibilidades presupuestales.

 Las funciones de alta especialización de esta dirección tienen las siguientes exigencias:

 * Experiencia específica según el área de trabajo de por lo menos tres años, dedicación de cuarenta horas semanales y disponibilidad permanente, prohibición de realizar actividades conexas a su función de la DNH.

3.- Cantidad de puestos de trabajo

 La reformulación de la estructura organizativa se efectúa a partir de un total de 715 puestos de trabajo.

4.- Cargos y funciones contratadas identificados como excedentarios

 4.1.- Los puestos de trabajo ya identificados como excedentarios responden a las causales dispuestas por la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, según nómina adjunta, totalizando 76.

 4.2.- La reformulación de la estructura organizativa involucra adicionalmente en el orden de 150 puestos de trabajo, relacionados a la contratación con terceros de los servicios que se describieron.

 Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de acuerdo con los artículos 719 y siguientes de la Ley Nº 16.736, responden a cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora y/o con los perfiles necesarios a la definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

CAPITULO V: Plan de Implantación

 La reformulación organizativa planteada para la DNH, se implementará a todos los niveles, durante el ejercicio 1997

1.- Programación de actividades a contratar con terceros
  A partir del primer semestre de 1997 y hasta finales del mismo año, se tomarán las medidas iniciales para contratar con terceros el cumplimiento de los siguientes servicios:
 * Administración y mantenimiento de los puertos
 * Realización de proyectos de obras
 * Ejecución de las obras por contrato
 * Ejecución de las construcciones y el mantenimiento naval (varadero)
 * Ejecución de los dragados (*)
 * Servicio de balsas
 * Ejecución de obras hidráulicas y fluviales
 * Administración de los sistemas de riego
 * Transporte de cosas y personas

(*) Se implementará la contratación con terceros en el primer semestre de 1997.

2.- Traslado de las actividades de apoyo a la Dirección General de Secretaría
 Se prevé el traslado gradual de las tareas de apoyo a la Dirección General de Secretaría, a medida que la mencionada Unidad Ejecutora esté
en condiciones de absorberlas.
 * Paralelamente, y para facilitar el cumplimiento de los cometidos sustantivos, los cometidos de apoyo que se mantienen dentro de la DNH se cumplirán a través de la futura Gerencia de Apoyo.
 * Se transferirán a la Dirección General de Secretaría las funciones de liquidación y pago de sueldos, y el pago de certificados, en el momento 
en que dicha Unidad Ejecutora esté en condiciones de absorber estas tareas.

 La especificidad de las actividades desarrolladas por la DNH exige disponer de capacidad propia para cumplir con tareas de Gestión Administrativa y Gestión Financiera, directamente relacionadas con el cumplimiento de los cometidos específicos de la Unidad Ejecutora.

3. Instalación de un sistema informático que permita la transferencia de datos para la optimización de las comunicaciones de las diversas dependencias entre sí y con la Dirección General de Secretaría.

 Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que 
se aprueba, podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución 
al personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las funciones de Alta Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial tendiente a corregir las inequidades de remuneración existentes; a fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad  Ejecutora para cumplir con sus cometidos sustantivos originados en contrataciones con terceros y redistribuciones de cometidos y personal; y al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.

 Del total de economías anuales se destinará como mínimo un 5% (cinco por ciento) al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.

4. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo

 Se definirá en el segundo semestre de 1997 a partir de:

 * analizar el funcionamiento de la nueva organización y de los ajustes que requiera;

 * definir la nueva estructura de puestos de trabajo especificando la naturaleza del vínculo funcional, escalafón, grado, denominación, serie 
y retribución;

 * designar los titulares de los cargos y las funciones contratadas (Alta Especialización y contratos de función pública).

 A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo para cumplir con los cometidos de la DNH declarando excedentarios los restantes.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".

INCISO 10: MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS UNIDAD EJECUTORA 
004: DIRECCION NACIONAL DE HIDROGRAFIA

NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE
EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (Ley Nº 16.736)

Art. 724

CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION               SERIE
   1         C       04  Jefe de Sector            Administrativo
   1         E       09  Capataz General           Oficios
   1         E       07  Capataz I                 Oficios
   1         E       05  Capataz II                Oficios
   1         E       05  Maquinista Naval II       Oficios
   1         E       05  Patrón de Dragado II      Oficios
   1         E       03  Capataz V                 Oficios
   1         E       03  Maquinista Naval III      Oficios
   1         E       03  Patrón III                Oficios
   1         E       02  Apuntador I               Oficios
   2         E       02  Oficial I                 Oficios
   1         E       01  Contramaestre II          Oficios
   1         E       01  Marinero II               Oficios
   4         E       01  Medio Oficial             Oficios
   1         E       01  Oficial II                Oficios
   1         E       01  Operador II               Oficios
   1         E       01  Operador III              Oficios
   1         E       01  Patrón IV                 Oficios
   1         E       01  Peón Enc. Cuadrilla       Oficios
   2         E       01  Peón Espec. I             Oficios
   2         E       01  Peón Espec.               Oficios
   1         F       01  Auxiliar II               Servicios
   3         F       01  Auxiliar III              Servicios

Art. 723

CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION               SERIE
   1         D       07  Especialista IV           Ingeniería
   1         D       02  Especialista IX           Especializac.
   1         D       01  Especialista XII          Especializac.
   2         E       08  Patrón I                  Oficios
   2         E       07  Capataz I                 Oficios
   1         E       05  Operador Chofer           Oficios
   1         E       04  Maquinista III            Oficios
   1         E       03  Capataz V                 Oficios
   1         E       03  Patrón III                Oficios
   2         F       02  Encargado II              Servicios
   3         E       02  Oficial I                 Oficios
   1         E       02  Operador I                Oficios
   2         F       01  Auxiliar I                Servicios
   1         F       01  Auxiliar III              Servicios
   1         F       01  Auxiliar V                Servicios
   1         E       01  Ayudante Motorista        Oficios
   4         E       01  Marinero I                Oficios
   1         E       01  Marinero II               Oficios
   2         E       01  Medio Oficial             Oficios
   1         E       01  Oficial II                Oficios
   2         E       01  Peón Espec.               Oficios
   1         E       01  Peón Espec. I             Oficios

Art. 32

CANTIDAD ESCALAFON GRADO DENOMINACION               SERIE
   1         E      09   Inspector de Dragado      Oficios
   1         C      06   Jefe de Sección           Administrativo
   1         E      03   Patrón Dragador III       Oficios
   1         E      01   Maquinista Naval IV       Oficios
   1         E      01   Contramaestre II          Oficios
   1         C      01   Administrativo II         Administrativo
   1         E      08   Patrón I                  Oficios
   1         E      07   Capataz I                 Oficios
   1         E      06   Capataz II                Oficios
   1         E      04   Patrón II                 Oficios
   1         E      01   Contramaestre II          Oficios
   1         E      05   Patrón II                 Oficios


		
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