Fecha de Publicación: 21/05/1992
Página: 402-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Decreto 92/992

Apruébase los precios de venta para combustibles, asfaltos y productos fijados por la Administración Nacional de Comnbustibles, Alcohol y Portland.

Ministerio de Industria, Energía y Minería.
 Ministerio de Economía y Finanzas.

                                         Montevideo, 5 de marzo de 1992.

   Visto: el oficio de fecha 5 de marzo cursado por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por el que solicita la aprobación de nuevos precios de venta para los combustibles, asfaltos y productos especiales que se mencionan, lo dispuesto en la ley 12.670 del 17 de diciembre de 1959; el artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1987 y los artículos 430, 431 y 432 de la ley 15.903 del 10 de noviembre de 1987.
 
   Resultando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente para fijar los nuevos precios que se encuentran en el mencionado Oficio y no merecen objeciones del Poder Ejecutivo.

   Atento: a lo dispuesto por el literal f), del artículo 3º) de la ley 8.764, del 15 de octubre de 1931, en la redacción dada por el Art. 1º de la ley 15.312 de fecha 20 de agosto de 1982.

   El Presidente de la República, 
  
                              DECRETA:

Artículo 1

   Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para los combustibles, asfaltos y productos especiales, fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del día 6 de marzo de 1992.

   a) COMBUSTIBLES                 PRECIO POR LITRO
                                          N$

   Nafta aviación                    1900.00
   Nafta aviaicón 100/130           2.210.00
   Nafta aviación 115/145           2.280.00
   Jet A1                             830.00
   J.P. 4                           1.120.00
   Supercarburante                  2.060.00
   Queroseno                        1.000.00
   Gas Oil                          1.170.00
   Nafta liviana (Cía. del Gas)       630.00

       POR KILO                        N$

   Supergás                         1.810.00
   Butano Desodorizado              2.000.00
   
       POR MIL LITROS                  N$
   
   Diesel Oil                       970.000.00
   Fuel Oil Pesado                  543.442.00
   Fuel Oil Especial                750.164.00
   Fuel Oil Calefacción             622.131.00
   Fuel Oil Pesado (UTE)            543.442.00
   Fuel Oil Especial (UTE)          750.164.00

   Los precios de las naftas, queroseno y gas oil son a granel en las plantas de almacenaje y en los lugares de expendio de toda la República y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega.

   Los precios del diesel oil y fuel oil son a granel en las plantas de almacenamiento de Montevideo y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan pudiéndose adicionar los gastos que se originan para otras formas de entrega, así como los fletes y demás gastos para el Interior de la República.
   Los precios de los combustibles destinados a la aviación son a granel en las plantas de almacenaje de ANCAP de todo el País y puestos de la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica, e incluyen los impuestos a los combustibles crados por la ley 12.950 y modificativas. No incluyen el impuesto a los combustibles utilizados por la aviación nacional y de tránsito creado por la ley 14.189 que se adicionará cuando corresponda.
   Los precios de los combustibles con destino al uso de buques de bandera nacional, cuando realicen viajes a puertos ubicados fuera del País y a los buques pesqueros de bandera nacional, se fijarán tomando como referencia los precios en el mercado internacional.
   Los precios de los combustibles suministrados a UTE, destinados a atender los requerimientos del Acuerdo de Interconexión Eléctrica con países limítrofes, se fijarán tomando como referencia los precios en el mercado internacional y serán facturados en dólares americanos.

   b) DISOLVENTES           PRECIO POR LITRO
                                   N$

   Nafta sin plomo               1.960.00
   Solvente 1.197                1.050.00
   Solvente Disán                1.950.00
   Disán Aromático               1.050.00
   Aguarrás                      1.100.00
   Aguarrás Aromático            1.100.00
   Base para insecticida         1.030.00
   Querosol                      1.110.00

   Los precios de los disolventes son a granel en la Planta de ANCAP de la Teja y en el terminal de distribuidor autorizado y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega.

   c) CEMENTOS ASFALTICOS       POR MIL KILOS
                                    N$

   Penetración 150/200           558.000.00
   Penetración 60/80             558.000.00
   Penetración 40/50              558.00.00

   CEMENTOS ASFALTICOS DILUIDOS      POR MIL LITROS
                                          N$

   Tipo M.C.                          693.000.00
   Tipo R.C.                          693.000.00

   EMULSIONES ASFALTICAS CATIONICAS   462.000.00
   EMULSIONES ASFALTICAS ANIONICAS    506.000.00

   Los precios son para sfaltos y emulsiones asfálticas a granel en las plantas de almacenamiento de Montevideo, y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega.

   d) ASFALTOS OXIDADOS            POR MIL KILOS
                                        N$

  En tambores de 200 litros         693.000.00

   Los envases se facturarán por separado. Los precios son para la mercadería puesta sobre camión, vagón o buque en la Planta de Combustibles de la Teja y comprenden los impuestos correspondientes.
   

    e) PRODUCTOS ESPECIALES         PRECIO POR LITRO
                                          N$

   Tolueno                        1.250.00
   Xileno                         1.100.00
   Hexano Comercial               1.200.00

   Estos precios son a granel en la Planta de ANCAP de la Teja y en el terminal del distribuidor autorizado, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega.

LACALLE HERRERA.- EDUARDO ACHE.- IGNACIO de POSADAS MONTERO.
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