MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Prestaciones accesorias.- En el caso que el precio total de los bienes se integre con el importe de prestaciones accesorias realizadas por el contribuyente, tales como acarreos, envases, intereses y recargos por financiación, esos importes se considerarán constitutivos del precio a los efectos de la aplicación del impuesto.Ayuda