Aprobado/a por: Decreto Nº 102/009 de 02/03/2009.
Artículo 5.- Sustitúyese el acápite del artículo 18 del Reglamento de redención de la pena por trabajo y estudio aprobado por el artículo 1 del Decreto 225/006 de 13 de julio de 2006 por el siguiente:
Las plazas laborales y educativas disponibles se distribuirán
exclusivamente en atención a los siguientes criterios, estableciéndose
puntajes para determinar la prelación. En caso de rechazarse la solicitud
deberá hacerse en informe fundado.

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 225/006 Derogada/o de 13/07/2006 artículo 18 
acápite).
Ayuda