Aprobado/a por: Decreto Nº 229/013de 07/08/2013 artículo 1.
Artículo 3.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas tendrá a su cargo, a través de la Dirección Nacional de Vialidad, la recaudación y fiscalización de las Tarifas de Peaje, mediante la instalación, operación y control de los Puestos de Recaudación. (*)
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 370/016 de 25/11/2016 artículo 2.Ayuda