Aprobado/a por: Decreto Nº 244/016 de 01/08/2016.
   Artículo 1.- Sustitúyese el literal d) del artículo 5° del Decreto N° 291/007, de fecha 13 de agosto de 2007, el que quedará redactado de la siguiente manera:
   "d) Promover y colaborar en la planificación de la capacitación dirigida, a empresarios y trabajadores para prevención de riesgos laborales. Los planes de capacitación así como los temas a desarrollar serán consensuados."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 291/007 de 13/08/2007 artículo 5 
literal d).
Ayuda