Aprobado/a por: Decreto Nº 27/996 de 06/02/1996 artículo 1.
   Artículo 34.- A la Oficina de Evaluación e Inspección de Misiones en el Exterior compete examinar periódicamente la gestión de las Misiones diplomáticas y Oficinas consulares con el propósito de informar al Secretario General su evaluación acerca de la eficiencia de sus actividades con referencia a las metas fijadas, los recursos humanos, financieros y materiales empleados, la organización, utilización y coordinación de dichos recursos y los controles establecidos sobre dicha gestión; recibir de dichas oficinas los comentarios y dificultades encontradas en su gestión y cooperar en la solución de dichos inconvenientes; asesorar en la adquisición y conservación de bienes muebles de valor y obras de arte propiedad del Estado a cuyos efectos podrá recabar la opinión del Museo de Artes Visuales dependiente del Ministerio de Educación y Cultura.


(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019 artículo 8.
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