Aprobado/a por: Decreto Nº 27/996 de 06/02/1996 artículo 1.
   Artículo 53.- Al Departamento de Compras compete formular y ejecutar los planes de compras; intervenir en la contratación de obras y servicios; recibir, almacenar y distribuir los bienes adquiridos y el control y mantenimiento de inventarios de los mismos; actualizar y mantener los registro de contratos y proveedores.

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019 artículo 14.
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