Aprobado/a por: Decreto Nº 306/005 de 14/09/2005.
   Artículo 1º.- La presente reglamentación establece las disposiciones mínimas obligatorias para la gestión de la prevención y protección contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la actividad productiva en la industria química.
   Se entiende que la actividad productiva comprende la producción,
manipulación, almacenamiento y el transporte de productos y sustancias
químicas, así como la eliminación y el tratamiento de los desechos y
emisiones resultantes del trabajo y el mantenimiento, la reparación y
limpieza de equipo y recipientes utilizados para los productos y
sustancias químicas.
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