Aprobado/a por: Decreto Nº 338/012 de 23/10/2012.
 Artículo 5.- Derógase el artículo 2°, apartado I, literal "C" del 
Decreto 135/2007, del 16 de abril de 2007.
 Artículo 6.- Sustitúyase la redacción del artículo 2°, apartado III del Decreto 135/2007, de 16 de abril de 2007, por la siguiente:
"III.- CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS.-
Aprobar mediante concurso de oposición los exámenes culturales, que se
detallan en el presente, para apreciar las condiciones del postulante, con
la finalidad de alcanzar una nota de acuerdo al método de evaluación
prevista en este Decreto.
1) Previamente al llamado, cada Unidad Ejecutora propondrá los miembros
integrantes del tribunal a designar en el mismo, el que deberá ser
aprobado por el Señor Ministro o el jerarca que este designe a los
efectos. El tribunal tendrá los siguientes cometidos:
A) Organizar el concurso de oposición de acuerdo al temario que establezca
el Ministerio del Interior.
B) Evaluar los méritos de los postulantes. A dichos efectos se otorgará un
máximo de 4,000 puntos, los que se discriminarán de la siguiente manera:
2,000 puntos para quienes tengan aprobado quinto año de Bachillerato
Diversificado de Enseñanza Secundaria o su equivalente en UTU en cualquier
orientación; 2,000 puntos para quienes tengan aprobado sexto año de
Bachillerato Diversificado de Enseñanza Secundaria o su equivalente en UTU
en cualquier orientación.
El puntaje obtenido por méritos se adicionará, al que se obtenga en la
sumatoria de las pruebas de oposición. El promedio final obtenido del
concurso de oposición y mérito será el resultado de dividir el valor total
de la sumatoria (notas de pruebas + méritos) entre 7 (suma total de
pruebas)."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 135/007 de 16/04/2007 artículo 3 
apartado III.
 Artículo 7.- Sustitúyase la redacción del Artículo 2°, apartado III, numeral 3°, del Decreto 135/2007, del 16 de abril de 2007, por la siguiente: 
"3) Método de evaluación del concurso.
A). El Concurso consistirá y por su orden, en rendir las siguientes
Materias:
1- Idioma español.
2- Matemáticas.
3- Historia Nacional.
4- Introducción al Instituto Policial y su marco jurídico.
5- Procedimientos administrativos (Decreto 500/991 con las modificaciones
introducidas por el Decreto 420/007).
6- Conocimientos básicos relacionados con la Unidad Ejecutora a determinar
por la misma.
7- Informática.
B) Previamente a rendir las referidas pruebas, en forma opcional, los
postulantes podrán asistir a una charla de orientación sobre cada una de
las materias y sus contenidos, la que se realizará en un período no
inferior a 30 días, a contar de la fecha designada para la primera prueba.
No podrá tomarse el exámen siguiente sin tener el resultado de la prueba
anterior a los efectos previstos en el literal C).
C). Las evaluaciones en general se basarán en el sistema de calificación
de 1,000 a 10,000 puntos. El postulante deberá obtener un mínimo de 5,000
para aprobar cada materia. De no alcanzar el mínimo exigido en cada
materia quedará el postulante eliminado del Concurso de Oposición, en la
instancia en que se encuentre.
D) Para la aprobación del concurso de oposición y mérito, el postulante
deberá alcanzar un promedio final de la suma total correspondiente a un
mínimo de 5,000."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 135/007 de 16/04/2007 artículo 3 
numeral 3), apartado III.
 Artículo 8.- Sustitúyase la redacción del artículo 2°, apartado VI, del Decreto 135/2007, del 16 de abril de 2007, por la siguiente:
"El postulante estará ubicado en una lista de precedencia en relación a
las calificaciones obtenidas. De la misma y en orden descendente se
designarán los ingresos en las vacantes existentes.
La lista de precedencia tendrá validez por el plazo de un año a partir de
la fecha de elaboración de la misma. Vencido dicho plazo, caducarán los
derechos obtenidos por el postulante en el concurso respectivo."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 135/007 de 16/04/2007 artículo 6 
apartado VI.
 Artículo 9.- Sustitúyase la redacción del artículo 1°, apartado III, del Decreto 134/2007, del 16 de abril de 2007, por la siguiente:
"III.- CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS
Aprobar mediante concurso de oposición los exámenes culturales, que se
detallan en el presente, para apreciar las condiciones del postulante, con
la finalidad de alcanzar una nota de acuerdo al método de evaluación
prevista en este Decreto.
1) Previamente al llamado, cada Unidad Ejecutora propondrá los miembros
integrantes del tribunal a designar en el mismo, el que deberá ser
aprobado por el Señor Ministro o el jerarca que este designe a los
efectos. El tribunal tendrá los siguientes cometidos:
A) Organizar el concurso de oposición de acuerdo al temario que establezca
el Ministerio del Interior.
B) Evaluar los méritos de los postulantes. A dichos efectos se otorgara un
máximo de 4,000 puntos los que se discriminarán de la siguiente manera: a)
hasta 2,000 puntos por evaluación de su trayectoria laboral debidamente
acreditada. b) hasta 2,000 puntos por acreditación en conocimientos de
informática.
El puntaje obtenido por méritos se adicionará al que se obtenga en la
sumatoria de las pruebas de oposición. El promedio final obtenido del
concurso de oposición y mérito será el resultado de dividir el valor total
de la sumatoria (notas de pruebas + méritos) entre 5 (suma total de
pruebas).
C) Evaluación de los exámenes.
D) Notificación de los resultados a los interesados.
2) Características del concurso.
a) Los exámenes de concurso se regirán por el sistema de seudónimo con el
fin de brindar garantías de transparencia y objetividad a todos los
concursantes por igual.
b). El Concurso consistirá y por su orden, en rendir las siguientes
Materias:
1- Idioma español.
2- Matemáticas.
3- Historia.
4- Introducción al Instituto Policial y su marco jurídico.
5- Conocimientos básicos relacionados con la Unidad Ejecutora a determinar
por la misma.
C) Previamente a rendir las referidas pruebas, en forma opcional, los
postulantes podrán asistir a una charla de orientación sobre cada una de
las materias y sus contenidos, la que se realizará en un período no
inferior a 30 días, a contar de la fecha designada para la primera prueba.
No podrá tomarse el examen siguiente sin tener el resultado de la prueba
anterior a los efectos previstos en el literal B).
3) Método de evaluación del concurso.
A) Las evaluaciones en general se basarán en el sistema de calificación de
1,000 a 10,000 puntos. El postulante deberá obtener un mínimo de 4,000
para aprobar cada materia. De no alcanzar el mínimo exigido en cada
materia quedará el postulante eliminado del Concurso de Oposición, en la
instancia en que se encuentre.
B) Para la aprobación del concurso de oposición y merito, el postulante
deberá alcanzar un promedio final de la suma total correspondiente a un
mínimo de 4,000."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 134/007 de 16/04/2007 artículo 3 
apartado III.
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