REGLAMENTO ORGANICO DE LA OFICINA NACIONAL DE VIOLENCIA DOMESTICA Y DE
GENERO Y DE LAS DIRECCIONES DE VIOLENCIA DOMESTICA Y DE GENERO DE LAS
JEFATURAS DE POLICIA
Aprobado/a por: Decreto Nº 382/012 de 22/11/2012 artículo 2.
Artículo 20.- La creación de las Unidades Especializadas en Violencia
Doméstica y de Género estará a cargo de cada Jefatura de Policía a
propuesta de la Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género, según
necesidades establecidas, de forma de asegurar la cobertura y la
accesibilidad en cada jurisdicción departamental de acuerdo a la realidad
de cada Jefatura. (*)
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 63/021 de 18/02/2021 artículo 28.
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