REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SISTEMA DE ENSEÑANZA DEL EJERCITO
Aprobado/a por: Decreto Nº 431/003 de 29/10/2003 artículo 1.
CAPITULO I
SISTEMA DE ENSEÑANZA DEL EJERCITO
1.- El Sistema de Enseñanza del Ejército se conforma para asegurar la
capacitación integral del Personal del Ejército en una adecuada
complementación con el Sistema de Enseñanza Nacional.
El Sistema de Enseñanza del Ejército estará integrado por los siguientes
Institutos, Escuelas y Centros de Instrucción: Instituto Militar de
Estudios Superiores (I.M.E.S.), Instituto Militar de las Armas y
Especialidades (I.M.A.E.), Escuela Militar, Liceos Militares (que
dependen directamente del Comandante en Jefe del Ejército), Escuelas y
Centros de Instrucción de las Armas del Ejército, del Comando de Apoyo
Logístico del Ejército y del Estado Mayor del Ejército (que dependen de
Comandos específicos en cada caso).
Las relaciones funcionales del Comando de Enseñanza del Ejército con los
Institutos, Escuelas y Centros de Instrucción del Ejército que integran
el Sistema de Enseñanza del Ejército tendrán un carácter técnico
académico.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 257/006 de 07/08/2006 artículo 1.
2.- MISION.- El Sistema de Enseñanza del Ejército tiene como misión
formar, capacitar y perfeccionar al personal del Ejército en una adecuada
complementación con el Sistema de Enseñanza Nacional.
3.- FUNCIONES.- A través de los Institutos, Escuelas y Centros de
Instrucción, la Enseñanza Militar busca instruir, entrenar y educar al
Personal Superior y Subalterno de la Fuerza, de manera de formar
integralmente al individuo, capacitado para el cumplimiento de sus
cometidos y obligaciones dentro de la organización, así como para un
mejor desempeño de su vida en sociedad.
CAPITULO II
ESTRUCTURA ORGANICA DEL SISTEMA DE ENSEÑANZA DEL EJERCITO
SECCION I - COMANDO DE LA ENSEÑANZA DEL EJERCITO
4.- La Dirección General de la Enseñanza del Ejército será desempeñada
por un señor General dependiendo a tales efectos del Comandante en Jefe
del Ejército, pudiendo ser concurrente con la Dirección del Organo
Coordinador de la Enseñanza del Ejército.
5.- El Director General de la Enseñanza del Ejército tendrá por misión la
conducción, coordinación y supervisión de todas las actividades académico
- profesionales del Personal Superior y Personal Subalterno, siendo el
asesor principal del Comandante en Jefe del Ejército en los asuntos
relativos a la enseñanza impartida en todos los niveles.
Tendrá autoridad técnica en los aspectos académicos y profesionales de
los Institutos, Escuelas y Centros de Instrucción que integran el Sistema
de Enseñanza del Ejército, manteniéndose la autoridad de Comando y
Administración por los canales existentes.
El Director General de la Enseñanza del Ejército asesorará al señor
Comandante en Jefe del Ejército con relación a las necesidades de la
Fuerza en lo que respecta a la formación de Profesionales o Técnicos
Universitarios, así como el control de las actividades durante el tiempo
que duren sus carreras.
Regulará los Cursos y Curriculums a dictarse en los distintos Institutos,
Escuelas y Centros de Instrucción.
Propondrá al señor Comandante en Jefe del Ejército las necesidades de
Capacitación en el exterior del Personal Superior y Subalterno del
Ejército.
SECCION II - ORGANO COORDINADOR DE LA ENSEÑANZA DEL EJERCITO
6.- El Organo Coordinador de la Enseñanza del Ejército (O.C.E.E.) tendrá
por misión asesorar al Director General de la Enseñanza del Ejército en
todos los asuntos relativos a la enseñanza impartida en el ámbito
institucional.
7.- El Organo Coordinador de la Enseñanza del Ejército estará dirigido
por el Director General del "I.M.E.S."
Sus actuaciones serán coordinadas por el Secretario General del Comando
de la Enseñanza del Ejército.
Dicho Organo Coordinador estará integrado por:
- Inspectores de las Armas.
- Jefe de la Cátedra de Administración del "I.M.E.S."
- Jefe de la Cátedra de Táctica del "I.M.E.S."
- Jefe de la Cátedra de Estrategia del "I.M.E.S."
- Directores de los Liceos Militares.
- Sub Director del "I.M.A.E."
- Sub Director de la Escuela Militar.
- Directores de los Centros de Instrucción de las Armas del Ejército, del
Comando de Apoyo Logístico del Ejército y del Estado Mayor del Ejército.
Según el tema o nivel que se trate, podrán participar los titulares de
estos cargos o Jefes relacionados con los titulares.
8.- El Organo Coordinador de la Enseñanza del Ejército tendrá a su cargo
las siguientes actividades:
- Planificar la Instrucción del Ejército en todas sus fases.
- Coordinar y supervisar la técnica docente.
- Evaluar la instrucción.
- Retroalimentar el sistema.
- Determinar el contenido de los Planes de Instrucción de todo el
sistema.
- Determinar las modificaciones a los planes de Instrucción y elevar
la propuesta al Director General de la Enseñanza del Ejército.
- Coordinar curriculums de materias, cuya actualización será su
responsabilidad.
- Mantener una continuidad del sistema de enseñanza en todos sus
niveles.
- Obtener el aval y/o reconocimiento de cursos militares en
asignaturas equivalentes del Sistema de Enseñanza Nacional.
- Proponer el establecimiento de convenios con instituciones del
Sistema de Enseñanza Nacional.
- Focalizar su atención en la enseñanza académica de alto nivel que
se imparte en la Escuela Militar.
- Coordinar los conocimientos técnico - profesionales del Instituto
Militar de las Armas y Especialidades con los Centros de Instrucción
de las Armas.
- Planificar la capacitación del Personal Superior y Subalterno del
Ejército en el exterior.
Las propuestas elaboradas por este órgano actuando a través del
canal técnico, serán elevadas al Director General de la Enseñanza
del Ejército para su aprobación y/o elevación al Comando General del
Ejército.
SECCION III
9.- INSTITUTO: es el Centro de Enseñanza de mayor nivel en el Sistema de
Enseñanza del Ejército que agrupa bajo un mismo Comando varias Escuelas,
coordinando la labor docente y administrativa de las mismas.
Son Institutos:
A) El Instituto Militar de Estudios Superiores, que comprende:
- La Escuela de Estudios Superiores.
- La Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército.
- La Escuela de Ingeniería Militar.
- La Escuela de Idiomas del Ejército.
B) El Instituto Militar de las Armas y Especialidades que comprende:
- La Escuela de las Armas del Ejército (Escuela de Capacitación y
Perfeccionamiento de Oficiales y Escuela de Sub Oficiales del
Ejército).
- La Escuela de Especialidades del Ejército (Escuela de Músicos del
Ejército, Escuela de Operaciones de Paz del Ejército, Escuela de
Formación y Capacitación de Oficiales de Reserva y Escuela de
Administración).
- La Escuela de Educación Física y Tiro del Ejército.
- La Escuela de Equitación del Ejército.
C) La Escuela Militar.
D) Liceos Militares.
10.- ESCUELA: es el Centro de Enseñanza cuya finalidad es formar,
capacitar y perfeccionar militarmente, buscando desarrollar en forma
integral las aptitudes militares e internalizar valores profesionales y
personales tendientes a preparar al individuo en su doble rol de militar
y ciudadano. Cultiva y fomenta además investigaciones que le son
pertinentes.
Asimismo se denominará Escuela, a aquel Centro de Enseñanza que forma
especialidades de aplicación al medio civil.
Sin perjuicio de las anteriores definiciones, la Escuela Militar y el
Liceo Militar tienen jerarquía de Institutos, dada la función que cumplen
y su reconocimiento, tanto en el ámbito militar como en el medio civil,
manteniendo por una razón histórica su denominación de Escuela y Liceo
respectivamente.
Son Escuelas:
A) Las ya mencionadas, agrupadas en los Institutos.
B) Escuela de Comunicaciones del Ejército.
C) Escuela de Paracaidistas y Fuerzas Especiales.
11.- CENTRO DE INSTRUCCION: es el Centro destinado a impartir instrucción
de especialistas sobre aspectos específicos de utilidad a la actividad
militar.
Dentro de la Fuerza, constituye la repartición donde se desarrolla más
integralmente una actividad de instrucción determinada y especializada,
no pudiendo encarar aspectos de instrucción que correspondan a otro
Instituto, Escuela o a la Instrucción que debe impartirse en las
Unidades.
Son Centros de Instrucción:
A) De las Armas del Ejército:
a) Centro de Instrucción de Infantería.
b) Centro de Instrucción de Blindados y Mecanizados.
c) Centro de Instrucción de Artillería de Campaña y Antiaérea.
d) Centro de Instrucción de Ingenieros.
B) Dependiente del Comando de Apoyo Logístico del Ejército:
a) Centro de Instrucción de Logística del Ejército.
C) Dependiente del Estado Mayor del Ejército:
a) Centro de Instrucción y Estudios Informáticos del Ejército.
b) Centro de Instrucción de Inteligencia del Ejército.(*)
(*)Notas:
Literal C), apartado b se deroga/n por: Decreto Nº 419/018 de 17/12/2018
artículo 4.
SECCION IV
SECRETARIA GENERAL
12.- El Secretario General del Comando de la Enseñanza del Ejército
dependerá directamente del Director del Organo Coordinador de la
Enseñanza del Ejército y tendrá jerarquía de Oficial Superior, debiendo
ser integrante del cuadro permanente del Instituto Militar de Estudios
Superiores.
ORGANIGRAMA DEL S.E.E.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 431/003 de
29/10/2003.
Organigrama se modifica/n por:
Decreto Nº 419/018 de 17/12/2018 artículo 5,
Decreto Nº 257/006 de 07/08/2006 artículo 2.
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