Aprobado/a por: Decreto Nº 441/016 de 29/12/2016 artículo 1.
   Incorpórese al artículo 7° del "Reglamento de Compromisos de Gestión del Ministerio de Turismo", aprobado por Decreto N° 217/016, de fecha 11 de julio de 2016, el siguiente inciso final:
   "A los efectos del cálculo de los topes legales establecidos en el artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de fecha 23 de diciembre de 1983 y artículo 66 de la Ley N° 18.719, de fecha 27 de diciembre de 2010, se deberá mensualizar la partida a cobrar por Compromisos de Gestión".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 217/016 de 11/07/2016 artículo 7 
inciso final).
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