REGULACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS




Promulgación: 23/02/1995
Publicación: 14/03/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 240

Artículo 2

   Cométese a la Dirección Nacional de Comunicaciones la determinación de
los medios tecnológicos aplicables a los efectos dispuestos por el
presente Decreto y la instrumentación de las medidas de contralor y
sanciones que fueren legalmente pertinentes, en ejercicio de su
competencia legal.
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