FONDO ESPECIAL DE TUTELA SOCIAL DEL SERVICIO DE TUTELA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 26/02/1991
Publicación: 02/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 170
   Visto: la gestión promovida por el Servicio de Tutela Social de las
Fuerzas Armadas por la que se establece la necesidad de adecuar la
reglamentación del Fondo Especial de Tutela Social aprobado por decreto
326/984 de fecha 14 de agosto de 1984, reglamentario del decreto ley
15.569 de fecha 1º de junio de 1984, incluyendo situaciones que
actualmente no se contemplan en el mismo.

   Considerando: I) Que la finalidad del mencionado Fondo es propender al
mejoramiento del bienestar de sus beneficiarios;

   II) Que no se encuentra prevista la situación de los menores de edad
discapacitados, que al cumplir la mayoría de edad quedan excluidos de
dicho beneficio, produciéndose un desamparo económico de los mismos, como
asimismo la financiación de guarderías infantiles y apoyo en ciertos casos
de incapacidad del propio aportante;

   III) Que en consecuencia la aplicación de la reglamentación ha 
demostrado que se hace necesario adecuar el marco jurídico para que se contemplen las situaciones precitadas.

   Atento: a los fundamentos expuestos y al informe de la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional,

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Modifícanse los artículos 8º y 10º de la Reglamentación del Fondo 
Especial de Tutela Social del Servicio de Tutela Social de las Fuerzas 
Armadas, aprobada por decreto 326/984 de fecha 14 de agosto de 1984 los 
que quedarán redactados de la siguiente manera:  

(*)Notas:
Ver: Texto.

LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO
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