IMPUESTO A LA PRODUCCION MINIMA EXIGIBLE DE LAS EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS. DECLARACION JURADA. PRORROGA DE PLAZO




Promulgación: 24/02/1970
Publicación: 02/03/1970

Resumen:

Prorrógase hasta la fecha que se determina, el plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto de Producción Mínima Exigible de las Explotaciones Agropecuarias de personas físicas, núcleos familiares, sucesiones indivisas y determinadas sociedades.

Artículo 1



		
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