REGLAMENTACION DEL ART. 66 DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL), RELATIVO A LOS REQUISITOS PARA EL SISTEMA DE ASCENSO DEL PERSONAL POLICIAL




Promulgación: 24/03/2023
Publicación: 10/04/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 66.

Artículo 2

   Los Señores Oficiales Jefes y Oficiales Superiores del Sub Escalafón Ejecutivo de la Policía Nacional, para estar en condiciones de ascenso por el Sistema de Selección Directa, deberán reunir las siguientes condiciones:
   A) Haber aprobado el Curso o Concurso de Pasaje de Grado para la jerarquía inmediata.
   B) Encontrarse en la primera mitad de la lista de prelación para el ascenso, elaborada por el Tribunal de Calificaciones correspondiente. (*)

(*)Notas:
Literal B) redacción dada por: Decreto Nº 128/024 de 06/05/2024 artículo 
1.
Literal B) ver vigencia: Decreto Nº 128/024 de 06/05/2024 artículo 5.
Ver en esta norma, artículo: 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 102/023 de 24/03/2023 artículo 2.
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