Autorízase la emisión de una serie especial de Bonos del Tesoro por un
monto de 8 millones de dólares, los que serán al portador y no serán
negociables en la Bolsa de Valores de Montevideo.
Dichos bonos gozarán de los beneficios acordados a todas las obligaciones del Estado, estando exentos del pago de los impuestos a la Renta, al Patrimonio, Herencias y Sustitutivo del de Herencia.