Déjase sin efecto la obligatoriedad de mezclar harina de sorgo y trigo establecida por el Decreto Nº 764/973. Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a los efectos de formar una existencia testigo de sorgo, para tomar las medidas necesarias para la conservación debida del cereal.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 176/974 de
07/03/1974.