IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - FRANQUICIAS FISCALES




Promulgación: 21/02/1990
Publicación: 14/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 259
   Visto: lo dispuesto por los decretos 139/986 de 5 de marzo de 1986 y
774/986 de 25 de noviembre de 1986, tendiente a promover la restauración,
puesta en valor o reciclaje de edificios testimoniales que afecten a los
monumentos históricos nacionales y a aquellos declarados de Interés
Nacional.

  Resultando: I) La ineficacia operativa del régimen que hasta el momento
no ha dado lugar a incentivar ningún emprendimiento de rehabilitación de
monumentos históricos;

  II) La conveniencia de ampliar los beneficios a otorgarse.

  Atento, a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial del
Ministerio de Industria y Energía y lo dispuesto por el decreto ley 14.178
de 28 de marzo de 1974 y por el artículo 446 de la ley 15.903 del 10 de
noviembre de 1987.

                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 artículo 168.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/990 de 21/02/1990 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 artículo 168.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/990 de 21/02/1990 artículo 2.

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