El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a destinar durante el ejercicio 2020 hasta $ 450.000.000 (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta millones) para el otorgamiento de beneficios comerciales a consumidores regulados de energía eléctrica, en la línea de lo establecido por los Decretos 135/018 del 7 de mayo de 2018, N° 170/018 del 4 de junio de 2018, N° 264/018 del 27 de agosto de 2018, N° 084/020 y N° 085/020 del 10 de marzo de 2020.