COMERCIO EXTERIOR. VEHICULOS AUTOMOTORES




Promulgación: 03/03/1971
Publicación: 11/03/1971

Resumen:

Establécese que los porcentajes de reducciones y recargos a las importaciones de "kits" y componentes de automotores para la industria automotriz nacional, serán equivalentes a los porcentajes de las 
compensaciones que se realicen en función de los acuerdos celebrados.
Derogada/o por: Decreto Nº 233/983 de 12/07/1983 artículo 16.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
      Decreto Nº 177/972 de 02/03/1972 artículo 7,
      Decreto Nº 536/971 de 24/08/1971 artículo 4.


		
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