PRORROGA DE PLAZO PARA TIPIFICAR LOS VINOS COMUNES. COSECHA 1982




Promulgación: 13/04/1983
Publicación: 25/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 556
   Visto: el decreto 504/982, de 30 de diciembre de 1982, que estableció
las tipificaciones de los vinos comunes de la cosecha 1982.

   Resultando I) El decreto 38/983, de 2 de febrero de 1983, prorrogó
hasta el 31 de marzo de 1983 el plazo para que los vinos comunes de la
cosecha 1982 se ajusten a dichas tipificaciones;

   II) La Organización Nacional de Vinicultores, ha formulado gestiones
tendientes a obtener una nueva prórroga del plazo para tipificar los vinos
de la cosecha 1982;

   III) Según datos que posee la Dirección de Contralor Legal del
Ministerio de Agricultura y Pesca existen aún sin alcoholizar
aproximadamente 2.500.000 litros de vino de la cosecha 1982.

   Considerando: conveniente, en atención a las razones que fundamentan la
solicitud de la Organización Nacional de Vinicultores y al volumen de vino
cosecha 1982 que todavía permanece sin tipificar, acceder a la prórroga
gestionada.

   Atento: a lo expuesto precedentemente,

                     El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase el plazo para tipificar los vinos comunes cosecha 1982
establecido en el artículo 1 del decreto 504/982, de 30 de diciembre de
1982, hasta el 15 de junio de 1983.

Artículo 2

   El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su
publicación en dos (2) diarios de la capital.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA
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