REGLAMENTACION DE ASISTENCIA ODONTOLOGICA INTEGRAL GRATUITA PARA LOS FUNCIONARIOS Y EX FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. MODIFICACION




Promulgación: 28/03/1989
Publicación: 22/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 312
      Visto:  que por decreto del Poder Ejecutivo 497/974 de 18 de junio
de 1974  se  le  dio  una  nueva  redacción  al  artículo  12  de  la
reglamentación aprobada  por decreto  de dicho  Poder 66/971  de 2  de
febrero de 1971 (Interno 5543).

      Resultando: que el citado decreto 497/974 se refiere a la Asistencia
Integral  Gratuita en los establecimientos dependientes del Ministerio de
Salud Pública,  para los funcionarios y ex funcionarios jubilados del
mismo.

      Considerando: I) Que por nota de 21 de junio de 1988, la Directora
del Departamento de Secretaría de la Facultad de Odontología transcribe el
informe de la Profesora de Técnica de Prótesis de dicha Facultad del que
surge la necesidad de modificar el numeral 10-literal D del mencionado
artículo 12;

    II)  Que de acuerdo a lo expuesto y a lo informado por la Comisión
de Asistencia Integral y el Departamento Odontológico del Ministerio de
Salud Pública, corresponde modificar el precitado numeral.

                    El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

     Modifícase el numeral 10, literal D del artículo 12 de la reglamentación aprobado por decreto del Poder Ejecutivo 497/974 de
18 de junio de 1974, el que quedará redactado de la siguiente manera:

   "Las prótesis, en caso de ser parciales removibles, deberán ser
realizadas con esqueleto de cromo cobalto o material similar".

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA
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