Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 275/992 de 16/06/1992 artículo 2.
Visto: la gestión formulada por la Dirección de Contralor de
Semovientes del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a los fines
que se expresarán.
Resultando: I) El artículo 77 de la ley 15.851 de 24 de diciembre de
1986, dispuso que el Poder Ejecutivo podrá fijar los valores de
formularios, fotocopias y carnés que expide la Dirección de Contralor de
Semovientes, en función de la variación del índice de precios del
consumo;
II) Por decreto 277/990, de fecha 20 de junio de 1990, se actualizaron
los valores referidos, en función de lo preceptuado por la norma reseñada
en el numeral precedente;
III) En la gestión de referencia, la Dirección de Contralor de
Semovientes solicita se actualicen los citados valores en un 100%
teniendo en cuenta la variación en el costo de mano de obra y materiales empleados en la confección de los mismos, que se relaciona con la variación operada del índice de precios del consumo;
IV) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera del Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto proveer en la
forma solicitada por la Dirección de Contralor de Semovientes.
Atento: a lo preceptuado por el Art. 77 de la ley 15.851, de 24 de
diciembre de 1986 y la Ley de Contabilidad y Administración Financiera
(capítulo IX de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987),
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 127/991 de 06/03/1991 artículo 1.