APROBACION DE TARIFAS DE ANCAP. NAFTA LIVIANA CON DESTINO COMPAÑIA DEL GAS DE MONTEVIDEO. DICIEMBRE 1988




Promulgación: 29/03/1989
Publicación: 11/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: Que la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por Oficio de fecha 3 de enero de 1989, solicita la aprobación de nuevo precio de venta para la nafta liviana que suministra a la Compañia del Gas de Montevideo;

   Considerando: Los fundamentos que llevaron a dicho Ente para fijar el precio, se encuentren detallados en el mencionado Oficio;

   Atento: A lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a lo dispuesto por el Inciso f) del art. 3° de la ley N° 8.764 de 15 de octubre de 1931;

   El Presidente de la República 

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Se aprueba el precio de N$ 76,00 (nuevos pesos setenta y seis) por litro, para la nafta liviana que se suministra a la Compañia del Gas de Montevideo, fijando por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, el que entrará en vigencia a partir de la hora 0 del 14 de diciembre de 1988. 

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - LUIS MOSCA
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