VISTO: la conveniencia de emitir Bonos del Tesoro en dólares de los
Estados Unidos de América.
CONSIDERANDO: la demanda de tales valores en el mercado local.
ATENTO: a lo informado por la Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio de
Economía y Finanzas y a lo dispuesto por la Ley Nº 17.947 de 8 de enero de
2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase la emisión de Bonos del Tesoro hasta la suma de U$S
300:000.000 (trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de
América) en dicha moneda, a un plazo de entre cinco y quince años, por los
montos y en las condiciones y fechas que determine el Ministerio de
Economía y Finanzas.
La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009.