Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
febrero de 2013 en $ 622,85 (pesos uruguayos seiscientos veintidós con
ochenta y cinco centésimos).