FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES. ENERO 1980




Promulgación: 07/01/1980
Publicación: 03/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 9

   Sin perjuicio de las funciones inspectivas del Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios, se asignan iguales cometidos a los funcionarios inspectivos de ANCAP, siendo de aplicación a los mismos lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes de la ley 10.940, pudiendo dichos funcionarios para el cumplimiento de sus funciones, solicitar el auxilio de la fuerza pública.
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