APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2016




Promulgación: 21/01/2016
Publicación: 03/02/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 98

   A partir del 1° de enero de 2014, los funcionarios podrán acceder cada año a un escalón adicional de la escala correspondiente siempre que:
a. el escalón de la escala patrón única de cobro resultante no haya
   superado el escalón inmediato anterior al cargo inmediato superior; 
b. la calificación de desempeño supere el mínimo habilitante que
   establezca la reglamentación.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 102.
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