Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículo 90.
Artículo 16
El Jerarca de la Unidad Ejecutora elevará las actuaciones del Tribunal,
al Jerarca del Inciso a efectos de que determine la presupuestación o la
extinción del vínculo, en función del resultado de la evaluación.
La evaluación insatisfactoria determinará la no presupuestación y vencido
el plazo del provisoriato la relación se extinguirá, operándose la baja
automática de la planilla de liquidación de haberes.
En caso de evaluación satisfactoria, el Jerarca del Inciso a los efectos
de la incorporación del contratado en el cargo presupuestal respectivo,
elevará las actuaciones al Poder Ejecutivo, previo informe de la Oficina
Nacional del Servicio Civil.