INCORPORASE ANEXOS A LA DECISION CMC 22/007. LISTA DE EXCEPCIONES




Promulgación: 29/02/2008
Publicación: 26/03/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 592
VISTO: el Decreto Nº 544/005, de 26 de diciembre de 2005, que incorporó 
al ordenamiento jurídico nacional la Decisión CMC Nº 37/05 y sus 
Anexos I, II, III y IV.

RESULTANDO: que la Comisión de Comercio del Mercosur, dando cumplimiento 
a lo establecido en el artículo 5º de la Decisión CMC Nº 37/05, aprobó la
Directiva CCM Nº 22/07 que actualiza los mencionados Anexos I y II y
suprime un ítem arancelario del Anexo III.

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38º del
Protocolo de Ouro Preto, aprobado por Ley Nº 16.712, de 1º de setiembre 
de 1995, corresponde proceder a incorporar dichas modificaciones al
ordenamiento jurídico nacional.

ATENTO: a lo expresado y a lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y por el 4º del Decreto Ley Nº 14.629,
de 5 de enero de 1977.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la
Directiva de la Comisión de Comercio del Mercosur Nº 22/07 y sus Anexos
I) y II), cuyo texto se adjunta y forma parte integrante del presente
Decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

 Deróganse las disposiciones del Decreto Nº 544/005, de 26 de diciembre 
de 2005, que se opongan al presente Decreto.

Artículo 3

 Dése cuenta a la Comisión Permanente.

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.-

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - REINALDO GARGANO - JORGE LEPRA - JOSE MUJICA

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