AJUSTE A LA REGLAMENTACION REFERIDA A LAS SEDES SECUNDARIAS DE LAS MUTUALISTAS




Promulgación: 29/02/2008
Publicación: 13/03/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 597

Artículo 5

 En la planta física donde funcione la Sede Secundaria, deberá evitarse
todo elemento visual que lleve a confusión al usuario respecto del efector
del cual requiere asistencia, debiendo contar con cartelería exterior que
identifique claramente a los prestadores del Servicio. En toda
circunstancia, el personal de la Sede Secundaria deberá estar identificado
con el efector para el que presta funciones.
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