Reglamentario/a de: Ley Nº 18.849 de 02/12/2011.
CAPÍTULO III - FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
La extracción de muestras de ADN (ácido desoxirribonucleico) del personal policial, militar, técnico y cuerpo de seguridad que viajare al extranjero, se realizará en el Laboratorio del Registro.