Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
febrero de 1990 en N$ 5.899,03 (nuevos pesos cinco mil ochocientos noventa
y nueve con 03/100).