El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 10.382 de 13/02/1943 artículo 5.
Artículo 6
La Ruta Turística es la línea de unión -entre áreas, polos, zonas, complejos, núcleos, paisajes y puertos de destino- utilizada para el traslado de unos a otros en un trayecto que cuenta con una distribución lineal de atractivos, ubicados en esa línea o fácilmente conectados a ella y, que puedan ser visitados hasta centros receptores que cuenten con información turística. Las Rutas Turísticas serán declaradas tales por el Poder Ejecutivo, que tendrá la potestad de prohibir o restringir el tránsito de algunos vehículos.