REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 43 Y 44 DE LA LEY 18.362, RELATIVO A LA CREACION DEL SUBPROGRAMA DE CONTRATACION PUBLICA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y DE LA VESTIMENTA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 43 y 44.
Artículo 5
La Dirección Nacional de Industrias emitirá el Certificado de Participación en el Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria Textil y de la Vestimenta, que acredite que el oferente cumple con lo estipulado en el numeral 1) precedente y ha presentado la Declaración Jurada a la que hace referencia el artículo 7°.
Dicho certificado será válido exclusivamente para cada ítem y con relación a un llamado específico.
El Certificado de Participación en el Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de la Industria Textil y de la Vestimenta deberá ser acreditado por el oferente a la entidad compradora al momento de presentar su oferta.