Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS CAPITULO II - RENTAS COMPRENDIDAS
Artículo 3-OCTIES
A los efectos de la aplicación del artículo 7 Quater del Título que se reglamenta, se entenderá que las razones comerciales comprenden las razones de índole financiera. Asimismo, no se considerarán impropios los mecanismos o formas que se hubieren adoptado en cumplimiento de disposiciones regulatorias dictadas por organismos públicos. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 395/022 de 14/12/2022 artículo 10.
Agregado/s por: Decreto Nº 395/022 de 14/12/2022 artículo 6.