Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 272.
Artículo 3
Los funcionarios que ocupan funciones contratadas de carácter permanente de grado no superior al de ingreso a los cargos presupuestados en el Inciso 12 - Ministerio de Salud Pública, que computen una
antigüedad mínima de un año al 1º de enero de 2006 y no tengan sumarios
en trámite, pasarán a ocupar cargos presupuestados de grado de ingreso como titulares de los mismos.