Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondiente a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de mayo de 1998 en $ 175,oo (pesos uruguayos ciento setenta y cinco).-Ayuda