Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
marzo de 2012 en $ 566,79 (pesos uruguayos quinientos sesenta y seis con
setenta y nueve centésimos).