El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el decreto N° 21/2015, de 13 de enero de 2015;
RESULTANDO: I) que por la citada norma se fijaron las tasas correspondientes a la expedición de los Permisos de Pesca Comercial Industrial;
II) que conforme al artículo 4° de dicho decreto la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) podrá autorizar el pago de las tasas hasta en tres cuotas cuatrimestrales, iguales y consecutivas, debiendo abonarse la primera de ellas al momento de aprobarse el primer permiso de pesca provisorio o definitivo o a partir del día posterior al vencimiento de la tasa anual anterior, según el caso;
CONSIDERANDO: I) que en la actualidad el sector pesquero uruguayo encuentra dificultades en la colocación de sus productos, debido a la retracción en la demanda de los principales mercados internacionales con la consecuente caída en las exportaciones;
II) que por decreto N° 138/2015, de 20 de mayo de 2015 se autorizó hasta el 31 de diciembre de 2015, a efectuar el pago de las cuotas correspondientes a tasas de Permisos de Pesca Comercial Industrial mayores de 10 Toneladas de Registro Bruto (TRB) dentro del plazo de 90 días posteriores a su vencimiento;
III) que resulta pertinente, por tanto, prorrogar los plazos actualmente vigentes para las tasas de Permisos de Pesca Comercial Industrial;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la ley N° 19.175, de 20 de diciembre de 2013 y los decretos Nos. 21/2015, de 13 de enero de 2015 y 138/2015, de 20 de mayo de 2015,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Autorízase hasta 31 de diciembre de 2016, a los titulares de Permisos de Pesca Comercial Industrial de buques de bandera nacional mayores a 10 Toneladas de Registro Bruto (TRB), a efectuar el pago de las cuotas correspondientes por concepto de tasas de permisos de pesca dentro del plazo de 90 días posteriores a su vencimiento.
Vencido el plazo mencionado en el artículo precedente, sin haberse verificado el pago, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5° del decreto N° 21/2015, de 13 de enero de 2015.