Auméntase a dos millones de pesos el monto a que se refiere el artículo 4 del Decreto N° 42/964 relativo al subsidio a la harina destinada a la elaboración de pan común.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
Decreto Nº 410/964 de 15/10/1964 artículo 1,
Decreto Nº 350/964 de 10/09/1964 artículo 1,
Decreto Nº 195/964 de 02/06/1964 artículo 1.