Derogada/o por: Decreto Nº 34/008 de 21/01/2008 artículo 9.
Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 143/979 de 7 de marzo de 1979,
(Interno 14.327), por el que se aprobó la Reglamentación que rige las
actividades del Personal Auxiliar de Odontología.
Resultando: que en el artículo 4º del citado decreto se especifican los
cometidos que el certificado de Higienista Dental habilita a ejercer.
Considerando: lo informado por la Facultad de Odontología de la
Universidad de la República y el Departamento Odontológico del Ministerio
de Salud Pública, se estima procedente ampliar dichos cometidos,
incluyendo la "aplicación de fluoruros u otras sustancias similares, que
disponga el odontólogo, para evitar la formación de caries dental".
Atento: a lo dispuesto por los artículos 13º y 14º de la Ley Orgánica
de Salud Pública 9.202, de 12 de enero de 1934,
El Presidente de la República
DECRETA: